top of page

Parte importante del ser paciente es saber que se tienen derechos y deberes básicos, comprenderlos y llevarlos a cabo es una parte importante de ser un paciente comprometido con su salud. 

 

A continuación indicamos los derechos y deberes generales de los pacientes que se establece en la Ley General de Salud en su Capítulo IX Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios

DERECHOS Y DEBERES PACIENTE

DERECHOS

 

Artículo 77 bis 36

 

Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud tienen derecho a recibir bajo ningún tipo de discriminación los servicios de salud, los medicamentos y los insumos esenciales requeridos para el diagnóstico y tratamiento de los padecimientos en las unidades médicas de la administración pública, tanto federal como local, acreditados de su elección de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud.

 

Artículo 77 bis 37

 

Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud tendrán además de los derechos establecidos en el artículo anterior:

 

I. Recibir servicios integrales de salud

II. Acceso igualitario a la atención

III. Trato digno, respetuoso y atención de calidad

IV. Recibir los medicamentos que sean necesarios y que correspondan a los servicios de salud

V. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación que sea necesaria de la atención de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen

VI. Conocer el informe anual del Sistema de Protección Social en Salud

VII. Contar con su expediente clínico

VIII. Decidir libremente sobre su atención

IX. Otorgar o no su consentimiento válidamente informado y rechazar tratamientos o procedimientos

X. Ser tratado con confidencialidad

XI. Contar con facilidades para obtener una segunda opinión

XII. Recibir atención médica en urgencias

XIII. Recibir información sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso y obtención de servicios de atención médica

XIV. No cubrir cuotas de recuperación específicas por servicios que reciban

XV. Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección Social o ante los servicios estatales de salud, por la falta o inadecuada prestación de los servicios establecidos en este Título, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas

XVI. Ser atendido cuando se inconforme por la atención médica recibida

OBLIGACIONES

 

Artículo 77 bis 38

 

Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud tendrán las siguientes obligaciones:

 

I. Adoptar conductas de promoción de las salud y prevención de enfermedades

II. hacer uso de la credencial que lo acredite como beneficiario como documento de naturaleza personal e intransferible y presentarla siempre que se requieran servicios de salud

III. Informarse sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso de atención médica

IV. Colaborar con el equipo de salud, informando verázmente y con exactitud sobre sus antecedentes, necesidades y problemas de salud

V. Cumplir las recomendaciones, prescripciones, tratamiento o precedimiento general al que haya aceptado someterse

VI. Informarse acerca de los riesgos y alternativas de los procedimientos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen, así como de los procedimientos de consultas y quejas

VII. Cubrir oportunamente las cuotas familiares y reguladoras que, en su caso, se le fijen

VIII. Dar un trato respetuoso al personal médico, auxiliar y administrativo de los servicios de salud, así como a los otros usuarios y sus acompañantes

IX. Cuidar las instalaciones de los establecimientos de salud y colaborar en su mantenimiento

X. Hacer uso responsable de los servicios de salud

XI. Proporcionar de manera fidedigna la información necesaria para documentar su incorporación al Sistema de Protección Social y para la definición del monto a pagar por concepto de cuota familiar

bottom of page